YA PUEDE SOLICITAR LA EXENCIÓN DEL IBI RÚSTICA EJERCICIO 2022 POR DAÑOS DE SEQUÍA
Esta ayuda es para los titulares de las explotaciones que hayan sufrido en el ejercicio inmediato anterior al de la aplicación de esta exención (en la campaña 2021) pérdidas de ingresos en sus explotaciones de al menos un 30%, con respecto a la media de los años 2018, 2019 y 2020.
Hay que tener en cuenta que en caso de que su explotación se encuentre en zonas de limitaciones naturales u otras específicas por Ley, el porcentaje será de al menos un 20% de pérdidas, respecto a la media de los años 2018, 2019 y 2020.
El organismo que se encarga de la gestión de la documentación es el OPAEF y nos han trasladado el procedimiento y los requisitos para poder solicitar esta medida, que son:
- En la sede electrónica del OPAEF está disponible el modelo de solicitud de exención en el IBI por los daños ocasionados por la sequía (Real Decreto Ley 4/2022 y Resolución de 24 de marzo de 2022)
- Las personas jurídicas, han de cursar su solicitud a través de firma electrónica.
- Las personas físicas, a través de la firma electrónica o en papel.
- La documentación a presentar, junto a la solicitud, debidamente rellenada, será la siguiente:
- Acreditación de la representación en su caso.
- Solicitud única ayudas PAC campaña 2022
- En caso de no tener solicitud única de ayudas, deberá aportar certificado de inscripción en el registro (REAFA).
- Acreditación de las pérdidas de ingresos, mediante una de las siguientes opciones:
- Autorizar a OPAEF para que obtenga la información tributaria de la AEAT.
- Declaraciones tributarias de los ejercicios 2018 a 2021 del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades.
Adjuntamos modelo del impreso:
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